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Prestar tu tarjeta de crédito puede traerte problemas con el SAT
Es muy común que un amigo o familiar nos solicite alguna tarjeta de crédito para realizar una compra, sin embargo, aun cuando efectúe el pago de manera puntual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede determinar alguna omisión de impuestos. Aquí te contamos todo lo que debes saber acerca de prestar tu tarjeta de crédito puede traerte problemas con el SAT.
De acuerdo con el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal, cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente.
Por lo anterior, el SAT podría considerar que los depósitos o gastos que tu amigo o familiar realizaron a través de tus cuentas bancarias se tomen en cuenta para determinar ingresos propios sobre los cuales se podrá aplicar un impuesto a pagar acompañado de actualizaciones, recargos y multas.
¿Qué es la discrepancia fiscal?
La discrepancia fiscal consiste en determinar una cantidad presumible como ingreso no declarado y, para ello, la autoridad contrapondrá todos los gastos que se tengan registrados contra la cantidad de ingresos declarados, para así determinar omisiones en el pago de impuestos, pues se estaría presumiendo que la o el contribuyente oculta una fuente de ingresos importante.
¿Qué pasa si el SAT detecta una discrepancia fiscal?
En caso de que el SAT note tus ingresos y gastos no corresponden a los que declaraste hará lo siguiente:
- Te notificara sobre la discrepancia encontrada, a partir del monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó para conocerlas y el medio por el cual se obtuvieron.
- Darán un plazo de 20 días, a partir del día siguiente de la fecha de notificación, para que aclares por escrito el SAT sobre el origen de los recursos con los que efectuaste las erogaciones detectadas.
- Si aplica, deberás presentar pruebas para acreditar que los recursos no son ingresos grabados y las autoridades podrán solicitar documentación adicional, por única ocasión.
- Si se acredita la discrepancia, se presumirá un ingreso grabado y se formulará la liquidación respectiva, pero debes considerar que el SAT considera como ingresos omitidos al monto de las erogaciones no declaradas y aplicará la tarifa correspondiente.
Por estos motivos es muy importante que evites prestar tu tarjeta de crédito puede traerte problemas con el SAT y que mejor tus familiares o amigos tramiten una a su nombre, para que los movimientos no se sumen los tuyos y parezca que tienes más ingresos de los que declaraste.