Hidalgo
Ante incremento de casos Covid-19, Salud Hidalgo emite nuevas restricciones en 41 municipios con mayor índice

Derivado del aumento de casos asociados al Covid-19 en Hidalgo, la Secretaría de Salud emitió nuevas medidas sanitarias para los 41 ayuntamientos que más enfermos registran, mismas que fueron publicados en el Diario Oficial del Estado de Hidalgo.
En ese sentido, en una circular muestra que en dichas demarcaciones cuentan con transmisión activa, al presentar 707 casos con inicio de signos y síntomas en los último 14 días.
Es por eso que las autoridades sanitarias son las siguientes:
Plazas comerciales y tiendas departamentales:
a)Priorizar los servicios a través de plataformas digitales
b)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
c)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
2.Restaurantes, restaurantes bar, cocinas económicas y demás que expendan alimentos de consumo en el lugar:
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Alimentos de venta en la vía pública con cumplimiento a las medidas de bioseguridad sanitaria y según el horario permitido por su municipio.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
3.Supermercados y tiendas de conveniencia:
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Habilitar un número suficiente de cajas de cobro para evitar aglomeraciones de salida
c)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
4.Mercados y tianguis
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Prioridad a tianguistas de Hidalgo
c)Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo al horario permitido por su municipio.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
5.Hoteles y establecimientos para hospedaje
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)El servicio de alimentos debe cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de restaurantes, bares y salones
c)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
6.Salones de fiesta y similares
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Se observarán las medidas sanitarias generales.
7.Salones de belleza, barberías y estéticas
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Priorizar la atención por cita
c)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
8.Electrónicos y áreas de juego infantiles
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Se observarán las medidas sanitarias generales.
9.Gimnasios y clubes deportivos
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Asegurar la limpieza de equipo deportivo de uso común
c)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
10.Deportes profesionales, canchas deportivas y centros deportivos
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Los deportistas y staff deberán de cumplir con las medidas de seguridad sanitaria
c)Todo evento deportivo deberá ser reportado previamente a la COPRISEH para su autorización y supervisión.
d)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
e)Se observarán las medidas sanitarias generales.
11.Balnearios, parques acuáticos y centros recreativos
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Prohibido el consumo de bebidas alcohólicas fuera de restaurantes y bares.
c)En restaurantes, bar y hospedaje al interior de los balnearios con las restricciones que competen a cada giro
d)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
e)Se observarán las medidas sanitarias generales.
12.Cinemas y autocinemas, teatros, museos y eventos culturales
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Se observarán las medidas sanitarias generales.
13.Eventos masivos:
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Se observarán las medidas sanitarias generales.Publicación electrónica
14.Centros religiosos, iglesias y templos.
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros)
- b) Se observarán las medidas sanitarias generales.
15.Ferias y fiestas patronales:
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)El servicio de alimentos debe cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de restaurantes.
c)Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo al horario permitido por su municipio u organizadores.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
16.Casas de juego (casinos), boliches y billares
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Alimentos de venta en la vía pública con cumplimiento a las medidas de bioseguridad sanitaria y según el horario permitido por su municipio.
d)Se observarán las medidas sanitarias generales.
17.Bares y cantinas
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Se observarán las medidas sanitarias generales.
18.Centros nocturnos
a)Aforo será de acuerdo a la capacidad de las instalaciones donde se garantice la sana distancia (al menos a 1.5 metros).
b)Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c)Se observarán las medidas sanitarias.
Finalmente, el uso del cubrebocas seguirá siendo recomendado en espacios abierto y cerrados donde no haya sana distancias, mientras que se pide el lavado de manos frecuente con agua y jabón, o bien, usar soluciones a base de alcohol al 60%; así como la práctica de la etiqueta respiratoria: cubrirse nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo y, mantener una sana distancia (al menos a 1.5 metros).