Lizeth Perales
Pachuca, 25 de febrero de 2019.- Mejorar los procesos de fiscalización y rendición de cuentas, es el propósito de las reformas que propuso el auditor superior del estado Armando Roldán Pimentel, a diversas leyes en la materia.
Indicó que el pasado 20 de febrero, cuando entregó la tercera parte de la fiscalización de la cuenta pública 2017, “sugirió” a los diputados, algunas modificaciones a la Ley Estatal de Procedimiento Administrativo, de Entidades Paraestatales, Orgánica Municipal, así como la ley Sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica Avanzada.
La reforma que se plantea para la Ley Orgánica Municipal, refiere unificar el nombramiento de tesorero municipal, pues en algunas administraciones anteriores a estas figuras se denominaban secretarios de finanzas.
Estas situaciones impiden que se puedan fincar responsabilidades administrativas o penales, en los casos en que se detecten irregularidades, pues al no tener los nombramientos de tesoreros sino de secretarios de Finanzas, no tienen regulación en la Ley Orgánica.
“Dichos funcionarios, por su especial importancia y trascendencia en el ejercicio y aplicación de los recursos públicos se encuentran contemplados en distintas secciones de la Ley Orgánica Municipal, específicamente en el capítulo segundo del Título Sexto de la mencionada legislación, en donde son reconocidos como tesoreros y no como Secretarios de Finanzas”.
Al tener cargos de secretarios, las facultades y obligaciones no se encuentran previstas en la Ley Orgánica Municipal, pues son otros los servidores públicos quienes desempeñaron las funciones de tesorero y por lo tanto argumentan que no resulta legalmente procedente fincarles las responsabilidades correspondientes.
De igual forma, en los casos de las notificaciones electrónicas, la Auditoría propuso reformar la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.
En tanto, para la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo, se propone derogar la fracción II del artículo 2, con la finalidad de armonizar la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo con la General en materia de responsabilidades administrativas.
Finalmente, la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, se podría modificar el artículo 15, con la finalidad de determinar las facultades y obligaciones de los directores generales de las entidades paraestatales.