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Hidalgo

Congreso aprueba modificación a ley para evitar discriminación de personas con tatuajes

Publicado

el

Lizeth Perales

 

Pachuca, 21 de mayo de 2019.- El congreso aprobó la modificación de la Ley para prevenir, atender, sancionar y eliminar la discriminación, con el objetivo de evitar que las personas que cuenten con tatuajes o perforaciones, no sean contratados en algún puesto laboral.

La iniciativa inicial fue presentada por la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Claudia Lilia Luna Islas, quien refirió que aunque se considera que los tatuajes y las perforaciones son algo actual o moderno, lo cierto es que es una costumbre milenaria que está llena de significados religiosos, culturales, mágicos, a lo que hoy en día la popularidad de los tatuajes y perforaciones ha ido en aumento.

“Es de considerar que tanto las perforaciones y los tatuajes han sido parte importante en diversas culturas de todo el mundo: mayas, aztecas, egipcios, chinos, hindúes, polinesios, etcétera, en donde más que un simple adorno representaba fuerza, conexión con divinidades, identidad, tributos, talismanes, entre otras cosas más”.

Datos de la Secretaría de Salud, revelan que a nivel nacional, cada año se tatúan más de 30 mil jóvenes; lo que antes se consideraba tabú, ahora es visible en cualquier localidad, en términos globales se estima que, en México una de cada diez personas, tiene al menos un tatuaje y en general, la cifra total de quienes han decidido marcar su cuerpo, podría llegar a 12 millones de personas.

Enfatizó la necesidad de realizar acciones en pro de la igualdad y garantía de los derechos de los ciudadanos tatuados o con perforaciones, para que puedan gozar del libre acceso a oportunidades de trabajo, a los espacios de participación comunitaria y puedan generar proyectos de vida, propuestas ciudadanas y comunitarias desde su perspectiva y conocimiento.

Indicó que el uso de tatuajes o perforaciones no debe influir en la decisión de contratar o no a una persona para que ocupe un espacio laboral, pues su desempeño no depende de si lo porta o no sino que debe ser valorado a partir de su capacidad, eficacia, eficiencia y compromiso laboral, al desarrollar las diferentes actividades que se le encomiendan.

Por ello se reformó el artículo 11 de la mencionada Ley, para adicionar que es discriminación toda conducta activa u omisiva, contra quienes cuenten con tatuajes o perforaciones.

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