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Hidalgo

Congreso de Hidalgo aprueba extinción de dominio, es la octava entidad en sancionar la minuta

la extinción de dominio no es una confiscación, siempre y cuando la aplicación de bienes de una persona sea decretada para el pago de multas e impuestos, ni cuando la decrete la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil

Publicado

el

Lizeth Perales

 

Pachuca, 6 de febrero de 2019.- La LXIV legislatura del Congreso Local, aprobó por unanimidad el dictamen enviado por la cámara federal, para reformar la constitución política de México, en materia de extinción de dominio, con lo cual se convierte en la octava entidad en sancionar la minuta.

La minuta establece las reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, e indica que la extinción de dominio no es una confiscación, siempre y cuando la aplicación de bienes de una persona sea decretada para el pago de multas e impuestos, ni cuando la decrete la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito,

La reforma considera confiscación, el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes, en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del artículo 109, esto es, cuando los servidores públicos y particulares incurran en responsabilidad frente al Estado.

Asimismo, se señala que mediante el procedimiento jurisdiccional de carácter civil se podrá solicitar la extinción de dominio y será procedente sobre el patrimonio del imputado cuya procedencia legitima, claramente, no pueda realizar y además, se encuentren relacionadas con las investigaciones derivadas de hechos constitutivos de delito.

El documento considera que a los agraviados por una extinción de dominio se les deben garantizar todos y cada uno de los medios de defensa para demostrar que los bienes sujetos a esa acción son de procedencia legitima.

En tanto, la acción se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal y las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función.

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