Paradigma

Diputados aprueban que no exista orden en los apellidos, padres deberán ponerse de acuerdo o juzgado decidirá por sorteo

Foto: Especial

Lizeth Perales

 

Pachuca, 25 de abril de 2019.- El Congreso local modificó la Ley de la Familia del Estado de Hidalgo, para establecer que al momento de registrar un menor, sus apellidos se compondrán por cualquiera de los del padre y madre, en el orden que de común acuerdo ambos determinen.

La propuesta inicial fue presentada por la diputada Claudia Lilia Luna Islas y reforma los artículos 146 y 147 del mencionado ordenamiento.

El nuevo testo quedó: “Tratándose del nombre de la niña o del niño que se registra, este se formará con el o los nombres propios, cualquier apellido de la madre y cualquier apellido del padre, en el orden que, de común acuerdo ambos determinen”.

En el caso de que no exista acuerdo entre los padres, el Oficial del Registro del Estado Familiar procederá a realizar un sorteo el cual determinará quién de los padres elige el primer apellido.

Cuando solo sea la madre o el padre quien se presente ante el Oficial del Registro del Estado Familiar y solicite que en el acta se incluya a ambos progenitores, la solicitud deberá acompañarse carta poder firmada por ambos, en la que exprese el consentimiento del orden de los apellidos, y presentar identificación oficial.

De no cumplirse con este requisito, ambos padres deberán acudir para que se realice el registro correspondiente.

En caso de reconocimiento judicial, el Juez será quien decida el orden que deban llevar los apellidos.

El orden de los apellidos del primer hijo acordado entre la madre y el padre o el que derive del sorteo, será el mismo para los demás hijos e hijas del mismo vínculo, aún cuando los padres se encuentren en proceso de divorcio o separación.

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