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Hidalgo

Establecen contralorías sociales, para prevenir corrupción en programas de desarrollo

La finalidad es que las contralorías, vigilen el uso de recursos públicos en las programas y puedan interponer denuncias, en caso de detectar irregularidades

Publicado

el

Lizeth Perales

 

Pachuca, 7 marzo de 2019.- El Congreso aprobó modificaciones a la Ley de Desarrollo Social, para incorporar contralores sociales a los programas, con lo cual se verificará el cumplimiento de metas y la correcta aplicación de los recursos públicos.

La iniciativa que fue presentada por el diputado Miguel Ángel Peña Flores, establece que la contraloría social es un instrumento preventivo de la corrupción, impulso de la rendición de cuentas, así como coadyuvante en el uso adecuado, eficiente y eficaz de los recursos de los programas sociales que atienden el ejercicio de los derechos sociales de la población en situación de pobreza en el estado de Hidalgo.

Enfatizó en la importancia de que se otorguen la capacitación necesaria, a los ciudadanos que participan en los Comités de Contraloría Social, para el cabal cumplimiento de sus funciones.

Asimismo, enfatizó la conveniencia de especificar la verificación del cumplimiento de las metas, como una de las acciones que realiza la Contraloría Social y con ello, la ciudadana cuente con un instrumento institucional que refleje la realidad de la aplicación del destino de los recursos públicos.

El dictamen sustituye el término “Comités Ciudadanos” por “Comités de Contraloría Social”, con la finalidad de homologarlo en la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Hidalgo, las disposiciones reglamentarias y lineamientos correspondientes.

Además se incorpora en glosario la definición de Contraloría Social y de Comités de Contraloría Social; se incluye la palabra “social” después de la palabra “programa”, con el objeto de especificar el ámbito de actuación de los Comités de Contraloría Social en los programas sociales en definición.

Esta reforma también establece lo relativo a que podrá recibir, interponer y dar seguimiento a las quejas y denuncias presentadas ante la autoridad competente, toda vez que la atención e investigación son competencias del Ministerio Público, armonizándose con la Ley General y los Lineamientos en la Entidad.

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