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Hidalgo

Lista la convocatoria para quienes aspiren a ser candidatos independientes a los 84 ayuntamientos

Publicado

el

Lizeth Perales

 

Pachuca, 4 de noviembre de 2019.- El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), publicó la convocatoria para quienes pretendan participar en la elección de ayuntamientos del próximo año, como candidatos independientes, los cuales deberán manifestar su intensión entre el 1 de noviembre y el 10 de febrero de 2020.

En la página de internet del instituto, se publicó la convocatoria, así como los requisitos para la manifestación de intensión y los documentos que deberán reunir para validar las aspiraciones y otorgar el estatus de precandidato.

Los requisitos para la manifestación de intensión son: copia simple y legible del anverso y reverso de credencial para votar vigente; copia simple legible del acta de nacimiento; copia certificada o testimonio de la escritura pública del Acta Constitutiva que acredite la creación de la persona moral constituida en Asociación Civil; copia simple y legible de la Cédula de Identificación Fiscal de la Asociación Civil.

Asimismo, copia simple y legible del contrato de la cuenta bancaria abierta a nombre de la Asociación Civil creada para efectos de la candidatura independiente; carta en la que acepta notificaciones vía correo electrónico sobre la utilización de la aplicación informática.

En tanto para ser elegible como candidato deben ser hidalguense en pleno goce de sus derechos; ser vecino del municipio correspondiente, con residencia no menor de dos años inmediatamente anteriores al día de la elección; tener, al menos 21 años de edad en el caso del Presidente y de los Síndicos y de 18 años de edad en el caso de Regidores, al día de la elección; tener modo honesto de vivir; no desempeñar cargo o comisión del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, en la circunscripción del municipio, a menos que se separen de aquéllos cuando menos con sesenta días naturales de anticipación al día de la elección, a excepción de los docentes.

Asimismo, no deben ser ministros de culto religioso alguno, ni pertenecer al estado eclesiástico; saber leer y escribir y en el caso de los Consejeros Electorales, el Fiscal Especializado en Delitos Electorales, los integrantes de la Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Electoral y los Magistrados del Tribunal Electoral, deberán separarse de su cargo un año antes del inicio del proceso electoral de que se trate.