De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México, las y los trabajadores que mantengan una relación laboral subordinada con un empleador tienen el derecho de recibir, antes del 20 de diciembre de cada año, el pago correspondiente a su aguinaldo, señaló el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Oscar Javier González Hernández.
Subrayó que tienen derecho al aguinaldo, todas las personas trabajadoras, ya sea de base, de confianza, de planta, sindicalizadas, aquellas contratadas por obra, tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros similares.
Especificó que el pago de esta prestación contenida en el artículo 87 de la LFT debe ser como mínimo el equivalente a 15 días de salario; en tanto que aquellas personas trabajadoras que no hayan completado un año de servicio, independientemente de estar o no laborando en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a recibir la parte proporcional del mismo, de acuerdo con el tiempo trabajado.
La instrucción del gobernador Julio Menchaca Salazar es vigilar el cumplimiento de la normativa laboral, por lo que se ha dispuesto que aquellas personas trabajadoras que tengan dudas o requieran de orientación sobre este o cualquier otro derecho, pueden acercarse a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, ubicada en carretera Pachuca-Ciudad Sahagún, número 1955, Parque Industrial Canacintra, Mineral de la Reforma, tercer piso o comunicarse al teléfono 771 71 3 6788.
También pueden acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, ubicado en avenida Benito Juárez, número 394, Ex Hacienda de la Concepción, San Agustín Tlaxiaca o llamar a los teléfonos 771 688 56 20 y 771 688 60 19.