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Hidalgo

Presentan iniciativa para despenalizar el aborto, antes de las 12 semanas de gestación

La iniciativa comprende la obligatoriedad del estado para ofrecer la información y el apoyo, para tomar decisión libre e informada

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Lizeth Perales

 

Pachuca, 21 de marzo de 2019.- En medio de protestas y apoyo, por parte de organizaciones que están en contra y a favor, se presentó ante el pleno la iniciativa de reforma al código penal, para eliminar las causales que penalizaban la interrupción legal del embarazo.

La iniciativa que fue suscrita por los 17 diputados del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), así como las representantes de Encuentro Social Jajaira Aceves Calva y del Partido de la Revolución Democrática Areli Rubí Miranda Ayala, aclara que el producto de una fecundación al ser considerado embrión, no puede estar protegido por el artículo 1 de la Constitución Política de México.

“El producto de la fecundación no es una persona con capacidad jurídica, por no haber cumplido con uno de los requisitos esenciales, como es el nacimiento. De hecho, el Artículo 1º de la Constitución Federal alude al “individuo”, como el único que puede gozar de las garantías que otorga nuestra norma fundamental”.

En la exposición de motivos se dio a conocer que existe jurisprudencia en México sobre el tema de despenalización del aborto, pues en el 2008 la Suprema Corte resolvió que corresponde a cada una de las entidades federativas determinar si la interrupción del embarazo amerita alguna sanción.

La iniciativa propone reformar los artículos 154, 155, 156, 157 y 158 del código penal, para establecer que: “Comete el delito de aborto, la persona que dolosamente interrumpa el embarazo después de la décima segunda semana de gestación, y se le impondrá de uno a tres años de prisión, así como una multa de 10 a 40 Unidades de Medida y Actualización”.

Se aumentará hasta la mitad de la pena, a quien en cualquier momento del embarazo induzca su interrupción o haga abortar a la mujer a través de engaños, violencia física o psicológica.

En el supuesto que previo estudio psicológico, las menores o personas con discapacidad que sean consideradas no aptas para comprender el hecho, serán los tutores quienes decidan si se realiza o no la interrupción del embarazo.

Para el caso de menores de edad, se tomarán en cuenta las recomendaciones de la Procuraduría de la Defensa del Menor para decidir si se realiza o no la interrupción del embarazo, dentro de las primeras veinticuatro semanas de gestación.

El Estado tendrá la obligación de proporcionar información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de la interrupción del embarazo; así como de los apoyos y alternativas existentes, para que se tome la decisión de manera libre, informada y responsable.

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