La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE), con lo cual Alejandro (Alito) Moreno Cárdenas se mantendrá al frente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) hasta 2024.
El TEPJF resolvió los juicios electorales 20/2023 y 946 /2023, en los cuales revocaron el acuerdo del INE, por el cual se negaba a reconocer los cambios en los estatutos del PRI, para ampliar el mandato de la dirigencia y le concede mayores facultades para decidir sobre candidaturas.
Dicha reforma, fue presentada en diciembre pasado y generó división al interior del tricolor, en donde el senador Miguel Osorio se presentó como el principal opositor a Alejandro Moreno y por lo cual renunció a la bancada del PRI en el Senado.
Con el voto en contra de la magistrada Janine Otálora, y el voto de Reyes Rodríguez Mondragón, los magistrados José Luis Vargas, Mónica Soto, Infalder Infante, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera consideraron que las modificaciones a los estatutos del PRI fueron válidas porque fueron publicitadas previamente a la celebración la LXII sesión extraordinaria del Consejo Político Nacional del PRI, celebrada el 19 de diciembre del 2022.
Los magistrados señalaron que la posibilidad de prorrogar la dirigencia nacional cuando la conclusión de su cargo se encuentre dentro del periodo de 90 días hábiles previos al inicio del proceso electoral, el Tribunal determinó que es una facultad que ya se encontraba prevista antes de la modificación y además la militancia ya tenía conocimiento de la posibilidad de que se prorrogaría la dirigencia con motivo de la proximidad de los procesos electivos.
Además, que la modificación se hizo por el Consejo Político Nacional, órgano legitimado para asumir de forma extraordinaria la facultad de reformar los estatutos a través del procedimiento previsto.
Respecto al plazo de la ampliación del mandato, el Tribunal resolvió que se trata de una medida que tiene un fin legítimo, que garantiza el funcionamiento del partido frente a los procesos electorales, dentro de un periodo razonable y necesario.
Además, de que se trata de una medida idónea para que el partido pueda adecuar sus estrategias frente a los procesos electorales.