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Pensión IMSS: ¿Cómo pensionarse antes de cumplir 60 años?

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Los trabajadores que cotizan para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben conocer los tipos de pensión que pueden recibir al terminar tu vida laboral cumpliendo con los requisitos para obtener ese derecho, de lo contrario podrán recibir una negativa de pensión, es decir, el IMSS considera que no eres candidato para recibir una pensión de por vida. 

Tipos de pensión

  • Pensión para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
  • Pensión para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
  • Pensión para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.

Las pensiones del IMSS por edad avanzada y vejez, si la persona es mayor de 60 años y menor de 65 años y se encuentra dado de baja del régimen obligatorio debe solicitar una pensión de Cesantía en Edad Avanzada.

Pero si la persona tiene 65 años de edad o más y se dio de baja del régimen obligatorio después de cumplir 65 años debe solicitar una pensión de Vejez.

¿Quiénes se pueden pensionar antes de los 60 años?

El IMSS indica que si te vas a pensionar por vejez debes tomar en cuenta lo siguiente:

Edad                Porcentaje de una Pensión de Vejez

  • 60 años       /             75%
  • 61 años       /             80%
  • 62 años       /             85%
  • 63 años       /             90%
  • 64 años       /             95%
  • 64 años, 6 meses más 1 día   /   100%

Hay trabajadores que pueden pensionarse antes de los 60 años y es a través del retiro anticipado

El IMSS indica que, el asegurado tiene la opción de pensionarse antes de cumplir los 60 años, siempre y cuando cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora y que el monto de la pensión calculada sea mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza, es decir, a la de la Pensión Mínima Garantizada y en caso de contar con beneficiarios, cubra el seguro de sobrevivencia de los mismos.

Se requiere también de los siguientes requisitos

  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización
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