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SCJN invalidó el traslado de la GN a la Sedena

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el traslado de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), por considerarlo contrario a la Constitución, con lo cual ese cuerpo volverá a depender íntegramente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y dejará de ser parte de las fuerzas armadas.

El fallo elimina la facultad que tenía el titular de la Sedena para proponer al comandante general de la Guardia y anula el régimen por el cual la corporación reconocía a sus elementos provenientes de la Policía Militar como miembros en activo de la Defensa y sujetos al fuero castrense.

El argumento principal fue que la adscripción operativa de la GN a la entidad militar viola el artículo 21 constitucional, que define a la corporación policial como una institución de carácter civil.

El fallo de la SCJN tuvo mayoría calificada de ocho votos. En contra votaron los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz.

Aunque la decisión está tomada, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena señaló que regresar a la Guardia a la SSPC requerirá de ajustes legales y operativos, por lo que planteó que es preciso fijar a los poderes Legislativo y Ejecutivo un plazo de varios meses para cumplir con el fallo de la Corte. Por ello, la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, propuso al ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, que reelabore su proyecto de efectos de la sentencia y lo presente a votación en la sesión del jueves próximo.

En el proyecto aprobado, el ministro ponente dijo que “resultaría en un fraude a la Constitución federal afirmar que esa institución policial conserva su carácter civil y se rige por una doctrina policial, si sus integrantes son soldados en activo, sometidos a la jurisdicción y al régimen disciplinario castrense, desarrollando funciones militares y actuando bajo la norma de las fuerzas armadas”.

Margarita Ríos Farjat, quien votó con la mayoría, dijo que “resulta difícil imaginar que una institución de carácter civil, en este caso la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, retenga la dirección de la Guardia Nacional si no posee el control operativo y administrativo”.

“Una institución no puede ser dirigida en realidad sin tener control de su operación y su administración. Al ser castrenses estos controles, la dirección también lo es y el carácter civil queda en entredicho”, señaló.

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