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Profeco orienta a consumidores sobre cómo actuar ante cobros indebidos tras cancelar servicios

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Profeco orienta a consumidores sobre cómo actuar ante cobros indebidos tras cancelar servicios

Con el objetivo de empoderar a las y los mexicanos en el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó en la Revista del Consumidor una guía práctica para saber qué hacer en caso de que proveedores realicen cobros injustificados después de cancelar un servicio.

De acuerdo con las disposiciones añadidas en diciembre de 2025 al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

Los proveedores están obligados a informar de manera clara si la contratación de un servicio incluye cobros automáticos recurrentes.

Detallando su periodicidad, monto y fecha de aplicación. Asimismo, en casos de renovación automática —como ocurre con servicios digitales.

Deben notificar al consumidor con al menos cinco días naturales de anticipación, permitiendo la cancelación sin penalización.

La Profeco identificó que algunas de las causas más comunes de cobros indebidos son la cancelación incompleta del servicio.

El desconocimiento de cláusulas contractuales, la falta de un folio de cancelación o constancia de suspensión.

Así como errores administrativos por parte de los proveedores. Por ello, recomienda leer cuidadosamente .

Los términos y condiciones, además de exigir un folio o comprobante al momento de solicitar la cancelación.

En caso de que el proveedor continúe realizando cargos tras la cancelación sin justificación y se niegue a devolver el dinero.

Las personas consumidoras pueden presentar una queja ante la Profeco en cualquiera de sus 38 Oficinas de Defensa del Consumidor.

A través de la plataforma digital Concilianet, que permite llevar a cabo procesos de conciliación de forma virtual.

Para facilitar el proceso, se recomienda contar con documentación como identificación oficial, contrato del servicio.

Folio de cancelación, comprobantes de pago y estados de cuenta donde se reflejen los cargos indebidos.

En caso de comprobarse el incumplimiento por parte del proveedor, las personas afectadas tienen derech.,

A la devolución de los montos pagados y, en su caso, a una bonificación o compensación.

Finalmente, la Profeco subrayó que negar o condicionar la cancelación de un servicio, así como mantener cobros automáticos injustificados, constituye una práctica abusiva que vulnera los derechos de las y los consumidores y debe ser denunciada ante la autoridad correspondiente.

Para conocer más detalles, la dependencia invita a consultar la edición 590 de la Revista del Consumidor, donde se encuentra el procedimiento completo y recomendaciones adicionales.

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