Nacional
SCJN invalida primera parte del Plan B de la reforma electoral
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del decreto que reforma la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cambios que constituyen el primer paquete de reformas en materia electoral recién aprobado por el Congreso de la Unión.
“Se declara la invalidez de la totalidad del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación de veintisiete de diciembre de dos mil veintidós”.
https://twitter.com/SCJN/status/1655713352302346240?s=20
Con 9 a favor y 2 en contra, el máximo tribunal de justicia del país validó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Durán, quien afirmó que existieron “claras violaciones” durante el proceso legislativo que aprobó las reformas electorales del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por violaciones graves al procedimiento legislativo, con mayoría de 9 votos, #LaCorte declara la invalidez del 1er decreto de las reformas político-electorales 22/23, que modifica las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.#ULTIMAHORA
— Suprema Corte (@SCJN) May 8, 2023
Dentro de su escrito, el ministro expone que las leyes modificadas por el Congreso no pasaron por un procedimiento legislativo ordinario, lo que provocó una “transgresión al principio de deliberación democrática”.
El cúmulo de irregularidades y violaciones a los reglamentos de las Cámaras de Diputados y de Senadores en que se incurrió durante el procedimiento legislativo que culminó con la aprobación del decreto impugnado, conlleva una afectación sustancial a los valores centrales de la dimensión deliberativa de la democracia representativa, particularmente en cuanto a la necesidad de resguardar el debido proceso, el respeto a los derechos de las minorías parlamentarias y la libertad de expresión que asiste a cada uno de los legisladores.
Se afectó también el derecho al voto de los legisladores al excluirlos del proceso deliberativo.
Todo ello impidió que existiera un debate abierto e informado por parte de todos los integrantes del cuerpo legislativo, señala la sentencia.